La compra de una vivienda es la inversión más importante en la vida de la mayoría de ciudadanos, por lo que sí está pensando en adquirir un inmueble no dude en consultar con los abogados de RCM y, sobre todo, no firme ningún documento sin contar antes con el asesoramiento adecuado, especialmente antes de la entrega de dinero.
Le resumimos determinados aspectos a tener en cuenta:
Previamente a la elaboración de la escritura pública de compraventa se suele firmar un contrato privado entre el comprador y el vendedor. El documento privado no es obligatorio ni inscribible en el Registro, pero la ley lo considera un contrato válido y obliga a cumplir todo lo que en él se recoja.
Por tanto, si va a comprar una casa, es importante asesorarse convenientemente antes de firmar. En el documento privado se deben tener en cuenta algunas cuestiones importantes:
· Quién firma por la parte vendedora. Cuando vende un promotor, firma el administrador o el apoderado de la sociedad. Si es una venta entre particulares, deben firmar todos los propietarios y si es vivienda ganancial o familiar, ambos cónyuges.
· Estado de cargas de la vivienda. Es fundamental comprobar si la vivienda está libre de cargas, si tiene hipoteca, si pesan embargos sobre ella, o si existe alguna limitación en los estatutos de la comunidad de propietarios. Puede solicitar directamente al Registro de la Propiedad una nota simple informativa o hacerlo a través de una notaría.
En ocasiones hay que solicitar al ayuntamiento un certificado de legalidad urbanística por si existe algún tipo de afectación que no consta en el Registro de la Propiedad.
Cuotas de la comunidad de propietarios. Antes de la compra asegúrese de que la vivienda está al corriente de pagos y gastos, ya que en ciertos casos la ley obliga al comprador a hacerse cargo de ellos.
Precio. Determine con claridad el precio y la forma de pago. No admita la fijación de un precio inferior al real ni abone cantidades que no estén documentadas. Esto es contrario a la ley y puede perjudicarle.
Anticipo y penas fijadas. Cuando firma el contrato privado suele darse una cantidad como parte del pago del precio total o “señal” conocida como arras o anticipo que vincula a ambas partes. Las más habituales son las penitenciales, que permiten desligarse del contrato antes de la firma de la escritura. Si es el comprador el que anula el acuerdo, perderá la cantidad entregada, mientras que, si lo hace el vendedor, tendrá que devolver el doble de lo recibido.
Garantías de vicios ocultos: El vendedor” responderá de todos los defectos y vicios ocultos que resulten en “la casa” según lo dispuesto en el art. 73 de la ley federal de protección al consumidor, quedando de la siguiente manera: tres años para cuestiones estructurales, dos años para impermeabilización y para los demás elementos la garantía será de un año. en el tiempo que dure la garantía “el vendedor” tendrá la obligación de realizar, sin costo alguno para el comprador, cualquier acto tendiente a la reparación de los defectos o fallas presentados por el bien adquirido. Dicha garantía no cubre el desgaste normal o defectos que puedan resultar de sobrecargas, mal uso de operación, corriente eléctrica inadecuada, negligencia, daños intencionales o derivados de caso fortuito o de fuerza mayor, falta de mantenimiento, modificaciones o reparaciones realizadas por personas distintas al “vendedor”.
Si se trata de una vivienda en construcción, el comprador tiene derecho a exigir un aval por la cantidad entregada para que, en caso de no cumplirse el plazo convenido para la entrega del inmueble, se la devuelvan junto con los intereses que le correspondan.
· Gastos de la compraventa. Si las partes no pactan nada, o si indican en el contrato que sea “según ley” se aplicará la legislación de la comunidad autónoma competente. No obstante, en el documento privado se suele pactar quién asume los gastos incluido que todos los pague el comprador. Si vende un promotor, está prohibido que el comprador asuma gastos que por ley deben ser abonados por el vendedor.
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Ahorrar para comprar una casa requiere de mucha dedicación, pero le garantizamos que sentirá una gran satisfacción al tener un patrimonio propio.
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